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El Consejo de la Unión Europea acaba de aprobar definitivamente el Reglamento
de Inteligencia Artificial.
La IA es un conjunto de tecnologías en rápida evolución que contribuye a
generar beneficios económicos, medioambientales y sociales muy diversos en
todos los sectores económicos y las actividades sociales. Al mismo tiempo,
dependiendo de las circunstancias relativas a su aplicación, utilización y
nivel de desarrollo tecnológico concretos, la IA puede generar riesgos y
menoscabar los intereses públicos y los derechos fundamentales que protege el
Derecho de la Unión. Dicho menoscabo puede ser tangible o intangible e incluye
los perjuicios físicos, psíquicos, sociales o económicos.
Conviene establecer normas comunes para los sistemas de IA de alto riesgo al
objeto de garantizar un nivel elevado y coherente de protección de los
intereses públicos en lo que respecta a la salud, la seguridad y los derechos
fundamentales.
En consecuencia, se necesita un marco jurídico de la Unión que establezca unas
normas armonizadas en materia de IA para impulsar el desarrollo, la
utilización y la adopción en el mercado interior de la IA y que, al mismo
tiempo, ofrezca un nivel elevado de protección
de los intereses públicos,
como la salud y la seguridad y la protección de los derechos fundamentales,
incluidos la democracia, el Estado de Derecho y la protección del medio
ambiente, reconocidos y protegidos por la UE.
Para alcanzar dicho objetivo, conviene establecer normas que regulen la
introducción en el mercado, la puesta en servicio y la utilización de
determinados sistemas de IA, lo que garantizará el buen funcionamiento del
mercado interior y permitirá que dichos sistemas se beneficien del principio
de libre circulación de mercancías y servicios.
El
Reglamento de Inteligencia Artificial
(en español), se divide en cuatro grandes secciones.
- Aplicaciones prohibidas
- Exenciones de aplicación de la ley
- Obligaciones para sistemas de alto riesgo
- Requisitos de transparencia
Aplicaciones prohibidas
1. Categorización biométrica basada en datos sensibles y la extracción no
dirigida de imágenes faciales de Internet o de CCTV para crear bases de datos
de reconocimiento facial.
2. El reconocimiento de emociones en el lugar de trabajo y las escuelas, la
puntuación social, la vigilancia policial predictiva.
3. IAs que manipulen el comportamiento humano o explote las vulnerabilidades
de las personas.
Exenciones de aplicación de la ley
Los sistemas de identificación biométrica remota (RBI) por parte de las
autoridades está prohibido en principio, excepto en situaciones enumeradas
exhaustivamente y de forma estricta.
Obligaciones para sistemas de alto riesgo
Fundamento: su importante daño potencial a la salud, la seguridad, los
derechos fundamentales, el medio ambiente, la democracia y el Estado de
derecho.
Ejemplo: Se establecerá, implantará, documentará y mantendrá un sistema de
gestión de riesgos en relación con los sistemas de IA de alto riesgo.
Requisitos de transparencia
Los sistemas de IA de propósito general (GPAI), y los modelos GPAI en los que
se basan, deben cumplir ciertos requisitos de transparencia, incluidos:
- El cumplimiento de la ley de derechos de autor de la UE.
-
La publicación de resúmenes detallados del contenido utilizado para la
capacitación.
Fuente:
Maria Fiorentini
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